sábado, 18 de mayo de 2013

EXPLOTACION SUSTENTABLE DEL MANGLAR


LA EXPLOTACIÓN SUSTENTABLE DEL MANGLAR
    BIODIVERSIDAD, VALORACIÓN DE AMENAZAS DEGRADANTES
         Y MARCO JURÍDICO PROTECTOR
     ESTUARIO DE COJIMIES Y SU ÁREA DE INFLUENCIA
 
Autor: Manuel Eduardo Andrade Palma
Abogado, Especializado en Derecho Internacional
Jurista - Máster en Ciencias Jurídicas – RUDN
Universidad Amistad de los Pueblos - Moscú - RUSIA
Masterado en Arqueología del Neotrópico – ESPOL
Email: andradestatus@hotmail.com

 
Estuario de Cojimíes                                     
 
                                                                      Paraje del Manglar de Cojimíes
 
 
 
EL ECOSISTEMA MANGLAR, ASENTAMIENTO DE CULTURAS ANCESTRALES.-
El ecosistema manglar es territorio comunitario donde los individuos comparten su gestión de sobrevivencia por miles de años. El medio ambiente y sus variados recursos son conceptuados y preservados como propiedad comunal. La heredad comunitaria genera una estructura social de grupos humanos copartícipes y conexos, donde la pertenencia social precisa al sujeto. El manglar, asume para las comunidades ancestrales un sentido gubernativo socializado, contrario a la sustracción del habitad natural por parte de los camaroneros.  
 

La utilización del ecosistema manglar por parte del ser humano, es antiquísimo; los asentamientos y utilización de este entorno por parte de las comunidades aborígenes en el Ecuador, revelan que tal ocupación se remonta al período paleoindio, 10.000 a 6.000 a.C., (Las Vegas 9000 a 4.650 años a. C., sitio precerámico, Península de Santa Elena). En esta franja costera, al igual que las de otras provincias, en la actualidad, ya no existen manglares; como resultado de la explotación de las camaroneras, que han convertido las zonas mangleras en agua-desérticas. Aunque estos asentamientos antiguamente tuvieron el carácter de permanentes, donde siempre hubo recursos disponibles: caza (mamíferos como el zorro, la cervicabra, conejo y oso hormiguero), pesca y recolección de moluscos de los manglares y plantas; hoy, perviven escasos espacios sin sustentabilidad.
 
Referente al período Formativo (6000 – 500 a.C.), se establecieron en la zona costera del Manabí actual, las fases culturales: Valdivia, Machalilla y Chorrera -sucesivamente- (entre las que alcanzaron un mayor desarrollo organizacional); las mismas que, teniendo sus asentamientos en tierra firme, ejercieron influencia en la domesticación de las zonas del ecosistema manglar; extendiendo sus áreas de ocupación hacia la isla Puná, incluyendo también, vastas zonas de la provincia de El Oro y Esmeraldas, sur y norte respectivamente.
 
Oso perezoso. Foto: Edgar Rivera (2005).
 
El período de Desarrollo Regional (500 a.c. – 500 d.c.), nos muestra las ocupaciones en zonas de Manglar de las fases culturales de la Tolita (Esmeraldas); Jama Coaque I - II y Bahía (Manabí); Jambelí (zona que ahora pertenece a la provincia de El Oro y Guayas) y otras áreas de influencia manglífera.
 
Finalmente, en el período de Integración (500 d.c. – 1500 d.c.), se desarrollaron la Manteño -epónimo- y  - Huancavilca, en el territorio que hoy integran las provincias de Manabí-Guayas; y la fase Atacames (Esmeraldas).
 
Las actividades sucedáneas y sucesivas de recolección, caza y pesca de los recursos del manglar sostuvieron la dieta alimenticia de todas las permanencias humanas en la costa, las cuales posteriormente comercializaron sus recursos hacia otras regiones del país. Esto proporciona indicios de la antigüedad de los asentamientos en estas zonas del ecosistema manglar y la importancia cultural que tienen para la historia e identidad nacionales. Hasta el momento, éstas son zonas pobladas por comunidades de usuarios ancestrales, la mayor parte de la población habita en pequeñas comunidades asentadas en los bordes de los manglares a lo largo de los esteros. Más allá de la provisión de alimentos y como fuente generadora de vida de las poblaciones tradicionalmente registradas en áreas del ecosistema manglar, el bosque por siempre ha sido empleado como material de inspiración y subsistencia, para expresar su sentido artístico y manifestar su cultura. En este sentido, los recursos del ecosistema manglar han permitido la construcción de viviendas y de soportes para las mismas, la construcción de muebles rústicos, embarcaciones, herramientas de trabajo, instrumentos para la caza y pesca y utensilios de cocina. Además, el ecosistema manglar se ha constituido, a través del tiempo, en un referente cultural y un elemento de cohesión e identificación de las culturas humanas que allí se asientan; así, a través de las faenas diarias de pesca y recolección en estas áreas se ha determinado la forma de vida de estas culturas. Faenas que se expresan en los cantos, en los bailes, en los cuentos y leyendas y vestigios que alrededor del manglar se han desarrollado.
 
ÁREA PROTEGIDA DEL ESTUARIO DE COJIMIES.- CONTEXTO  FÍSICO.-
La zona referente a este trabajo está situada en el Estuario de Cojimies,  ubicado entre las provincias de Esmeraldas y Manabí, clasificadas como zona norte tropical  (Nazca, 2005). Limitando con el Estuario de Cojimies se encuentra la Reserva  Ecológica   Mache  Chindul,  área  natural  administrada  por  el Ministerio de Medio Ambiente, con una extensión de 121.376 ha entre las Provincias de Manabí  y  Esmeraldas.  La  REMACH  cubre  uno  de  los  pocos  bosques  húmedos remanentes y secos tropicales del Ecuador con gran variedad de especies endémicas de flora y fauna, muchas de las cuales en peligro de extinción. El estuario de Cojimies es una de las áreas costeras de Ecuador menos estudiadas. Hasta hace 20 años el  estuario, junto con  la  provincia de  Esmeraldas eran las  zonas menos habitadas de Ecuador.
El manglar de Cojimies es pulmón y fabrica de purificación
 
La importancia de esta área radica en su función protectora del litoral con una influencia relevante  del régimen de mareas y una gran riqueza de intercambio de nutrientes a través de  sus dos bocas conectadas con el Pacífico y ubicadas en la parte norte del mismo. El   estuario  contiene en su interior varias islas sedimentarias no habitadas o escasamente habitadas. Tres principales  sistemas  intermareales   se  encuentran representados en el estuario: manglar, playas de limo y playas de arena. Numerosos ríos con origen en la cadena montañosa Mache Chindul desembocan en el estuario de Cojimies formando un conjunto de microcuencas y subcuencas que forman finalmente la cuenca del Río Cojímies (EcoCostas 2006). Las cuencas más importantes que  desembocan en el Estuario de Cojimíes integran los ríos Beche, Chebe, Cojimies y drenajes menores. El Estuario de Cojimies a su vez forma parte del Refugio de Vida Silvestre Muisne- Cojimies correspondiente al remanente de manglar. Este lugar, incluyendo los cuerpos de  agua,  tiene  una  superficie  de  3.173  hectáreas  ricas  en  nutrientes  y  especies  acuáticas: peces,  moluscos y crustáceos. Además, en la zona se pueden encontrar aves residentes y migratorias.
 
 
Una de las grandes amenazas a la biodiversidad en esta zona es la pobreza de sus habitantes y el aumento de población. Las parroquias rurales no tienen otro modo de vida distinto a la explotación de los recursos naturales del Estuario y la REMACH. Las explotaciones  camaroneras,  la  tala  de  bosque  para  comerciar  con  la  madera  o convertirlo  en  pastizales para  el  ganado  y  las  deficiencias  en  servicios  básicos  y educación hacen que la población de estos lugares se preocupe solo del día a día, sin reflexionar de forma detenida sobre los efectos que están causando al ambiente natural que les proporciona el sustento  diario. Mientras tanto los ecosistemas del área y la biodiversidad que contienen se resienten  duramente de una explotación sin control y basada en las carencias de sus habitantes. Las instituciones ecuatorianas están todavía poco representadas en la región y a pesar de la  mejora de las comunicaciones, el Estuario  de Cojimies sigue siendo una región marginal  costera en el  país y  poco estudiada.
 
La REMACH (Reserva Mache Chindul), es una de las 33 áreas naturales que conforman el Sistema Nacional de Áreas   Protegidas  (SNAP),  administrado  por  el  Estado  Ecuatoriano  a  través  del Ministerio del  Ambiente (MAE). La REMACH es una cadena montañosa paralela a la costa Pacífica norte de Ecuador que se extiende entre las provincias de Esmeraldas y Manabí. La  REMACH posee uno de los pocos remanentes de bosques húmedos y secos tropicales de Ecuador, así como una variedad representativa de flora y fauna, mucha de la cual está en peligro de extinción. Este espacio también acoge a poblaciones  ancestrales  indígenas  de   Ecuador  como  los  Chachi,  el  pueblo  afro ecuatoriano y colonos provenientes de otras provincias del Ecuador, en especial de Manabí. El Estuario de Cojimies muestra diferente rangos de pluviosidad. Al norte del estuario en la zona  de Muisne, la pluviosidad alcanza valores de 4000 mm., disminuyendo hacia el sur en la  zona de Pedernales donde se registran 800 mm. En esta zona de tierras bajas, la temperatura supera los 24º C (Plan de Manejo REMACH, 2006).                       
 
 
 
 
  Estuario de Cojimies, sistema hidrográfico. EcoCostas, 2006
 
CONTEXTO ECOLÓGICO Y DE BIODIVERSIDAD EN EL ESTUARIO DE COJIMIES.-
En esta zona tienen representación dos ecosistemas principales: bosque de manglar y bosque húmedo tropical. Es un refugio para las aves  y una fuente de riqueza para las comunidades  colindantes a través de la extracción de sus recursos acuáticos como peces, moluscos y crustáceos. En el estuario, tanto en el lado de Esmeraldas como en el de Manabí, es posible encontrar asociaciones de bosque manglar y de bosque húmedo tropical. En el sur del estuario  se  puede  encontrar bosque  seco  y  bosque  semideciduo  subseco que  se extiende hasta las proximidades de Pedernales.
 
 En el estuario de Cojimies hay un gran número de camaroneras que han ido extendiéndose eliminando la vegetación original del Estuario. Los manglares en el estuario han proporcionado un hábitat permanente para algunas especies (por ejemplo concha prieta) y un hábitat temporal para larvas y juveniles de muchas otras especies de invertebrados y peces marinos. Durante los últimos 35 años, la tala de manglar en Ecuador ha sido devastadora perdiéndose el 50% del área original del manglar. La mayoría de esta destrucción se debe a la construcción de piscinas camaroneras pero también a la  expansión urbana y agrícola. Uno de los estuarios impactados más gravemente es el de Cojimíes (Instituto Nazca, 2006).
 
UNA HISTORIA DEGRADANTE DEL GÉNERO HUMANO.-
 
 
 
 
Mapas de características geográficas del Estuario de Cojimies. EcoCostas, 2006
 
 
Ahora bien, la devastación de más del 70% del ecosistema manglar original del Ecuador principalmente para la implementación de piscinas para la cría y cultivo de camarón de exportación, ha puesto en riesgo la estabilidad de las zonas costeras, afectando directamente a los derechos a territorio, cultura, trabajo y soberanía alimentaría de los Pueblos Ancestrales del Ecosistema Manglar y a los ciclos hidrológicos naturales. El ecosistema manglar constituye una unidad funcional del paisaje y de las cuencas hidrográficas que desembocan en el litoral. Éste, además de ser fuente de vida de los Pueblos Ancestrales del Ecosistema Manglar, cumple importantes funciones ecológicas relativas al agua. El manglar juega un papel determinante en el control de inundaciones de las zonas costeras. Éste puede retener y absorber grandes cantidades de agua en la época de lluvias o crecidas de ríos, para luego liberar el exceso de agua en forma paulatina, protegiendo de inundaciones a poblados.
 
Es también una planta natural de tratamiento que aporta a la purificación y desinfección de las aguas sin costo a la sociedad. Adicionalmente, las aguas reducen su velocidad al pasar por los manglares, permitiendo que se depositen sedimentos en suspensión y se mejore la calidad del agua que proviene de ellos. Además, el ecosistema manglar cumple un rol fundamental en la recarga de acuíferos. Los acuíferos subterráneos, son los que permiten que se almacene el agua que posteriormente se extrae a través de pozos en áreas donde no existe un abastecimiento regular de agua potable. Es ésta la razón por la cual los Pueblos Ancestrales del Ecosistema Manglar demandan del Estado el impulso al manejo comunitario del ecosistema manglar y a la recuperación y restauración de éste, para así poder seguir compartiendo el agua y la riqueza de este ecosistema vital.       
 
 
 
 
 
 
 
 
VERSION MORFOLÓGICA DEL ESTUARIO.-
El estuario de Cojimíes incluye algunos pequeños ríos que se originan en la Cordillera de la Costa. La  acelerada  destrucción  de  los  bosques  del  occidente  del  país  alteró  la  vegetación  nativa alrededor  del  estuario  el  cual  se  encuentra  rodeado  por  pastizales  y  sembríos,  además  de camaroneras que  han  provocado  la  pérdida  de  casi  la  totalidad  del  manglar.  Las  piscinas recién cosechadas  atraen a cientos de aves que al alimentarse en ellas, quedan expuestas a los diversos  químicos que se utilizan para proteger o tratar a los camarones de enfermedades  y  para  desinfectar  el  suelo  de  las  camaroneras.  Además,  el  mismo  alimento balanceado para camarones, que en ocasiones también contiene antibióticos, y no es consumido en  su  totalidad,  altera  el  estado  del  suelo.  Algunas  especies de aves,  al alimentarse en estas piscinas cuando aún no han sido cosechadas, provocan que los guardianes les disparen y de esta manera se extermine, poco a poco, la fauna existente.
 
UNA HISTORIA REAL, LA MORTANDAD DE CONCHAS Y CANGREJOS EN EL ESTUARIO.-
 
“La historia de los manglares ha sido aquella que cuenta la tragedia de lo público y la lotería para algunos privados”.
(Greenpeace, 1996).
 
Miles de conchas y cangrejos aparecen diariamente muertos en el Refugio de Vida Silvestre del Estuario Muisne-Cojimíes, declarado como Área Protegida de Manglares. Esta mortandad posiblemente sea un resultado de la contaminación del estuario por desechos químicos de las piscinas camaroneras y de las plantaciones de eucalipto asentadas en zonas altas. En los sitios: Tortuga, Chontaduro, El Churo, Chebe y Beche la Fundación de Defensa Ecológica (FUNDECOL) verificó las denuncias realizadas por comunidades de usuarios ancestrales del ecosistema manglar sobre la mortandad de concha y cangrejo y procedió a realizar la denuncia ante la autoridad ambiental en la Dirección Nacional de Biodiversidad y de Áreas Protegidas. La muerte de estas especies es una seria amenaza a las economías de las comunidades locales, a la seguridad alimentaria y a la conservación del ecosistema manglar, considerado entre las cinco unidades naturales más productivas del mundo.
 
Esta es una situación que trae consecuencias graves, ya que está afectando a la recolección artesanal que es la actividad económica más importante miles de familias que viven directamente de estos recursos bio-acuáticos, a esto se suma la afectación que están sufriendo los encierros de concha que mantiene FUNDECOL junto con varias asociaciones de usuarios ancestrales del manglar con el objetivo de repoblar el estuario y producir para el mercado local. Es de extrema importancia poner una moratoria a la industria camaronera, a la industria del eucalipto y a la de la palma africana hasta determinar la capacidad de carga que tienen los estuarios de manglar de la costa ecuatoriana, pues estos monocultivos están acabando con la biodiversidad del ecosistema y condenando a las comunidades locales a la pérdida de su fuente de trabajo y de alimentación básica. Hace más de tres años el Ecuador propuso ante la convención de los Humedales RAMSAR hacer efectiva una moratoria para la industria camaronera, sin embargo nada se ha hecho hasta la fecha. Se espera una respuesta inmediata por parte del Ministerio del Ambiente, para tomar muestras de aguas y suelos del estuario y realizar los análisis pertinentes que permitan determinar efectivamente la causa de este crimen ecológico, sancionar a los culpables y tomar medidas de mitigación.
 


 
POBLACIONES COSTERAS EMPOBRECIDAS.-
Una de las constataciones de esta intencionalidad  de estudio a ojos vista, es la situación de pobreza en la que vive la gran mayoría de las personas que habitan en esta zona en contraste con los informes parcializados en los que se da la idea de que la industria camaronera ha generado positivos impactos en la economía del país “…produciendo grandes beneficios para los involucrados en esta rama productiva y para el país, en general como fuente generadora de divisas y empleo, gracias a las bondades climáticas y a los empresarios camaroneros.”1 Después de casi 40 años de explotar este recurso, se ha podido constatar con cifras, que la situación de esta población no ha hecho más que empeorar. Para este estudio se entenderá por pobreza al “…estado de carencia que todos en calidad de seres humanos, tienen el derecho de satisfacer”2.  
Cangrejero. Foto: Fundecol (2006).
 
En este sentido lo que se subraya es la idea de la dignidad humana vinculada a necesidades universales y a la universalidad de los derechos que la garantizan. La pobreza entonces incluye una diversidad de aspectos integradores  y señala cinco conjuntos de factores que se interrelacionan y que deben ser tomados en cuenta al momento de analizar una condición de pobreza. Los conjuntos son:
a.- La misma pobreza que se refiere a la insuficiencia de ingresos (flujos en dinero o en bienes) y es un fuerte determinante de los otros conjuntos.
b.- La debilidad física que se vincula con la falta de fuerza, desnutrición, salud deficiente, incapacidad física y una alta tasa de dependencia del grupo de pertenencia, lo que frecuentemente se asocia de forma directa con la pobreza.
c.- El aislamiento, considera la lejanía física, la carencia de educación, la ignorancia y la falta de acceso a servicios e información.
d.- La vulnerabilidad, se relaciona con la tensión interna y externa y el peligro de volverse más pobre y carente de todo.
e.- La carencia de poder, significa la incapacidad y debilidad para enfrentar la explotación y la demanda de los poderosos.
 
Estos cinco aspectos serán analizados a partir de un conjunto seleccionado de indicadores socio económicos (analfabetismo, nivel de escolaridad, desnutrición, índice de salud 3, pobreza por NBI4 y déficit de servicios básicos), sobre la base del Censo realizado en el año 2001, y que se encuentran publicados en el Sistema Integrado de Indicadores Sociales (SIISE, versión 3.5 y 4)5, los del 2010, aun no se conocen los resultados; por lo que los del 2001,  constituyen la principal fuente de información para este trabajo. Este conjunto de indicadores, reflejan la condición de pobreza de la población. Si bien es cierto que ésta es una condición que afecta a la mayoría de la población Ecuatoriana (se dice que el 65% de la población Ecuatoriana es pobre), en este caso la población que habita en zonas del ecosistema manglar, es más pobre que el promedio nacional. Es decir los indicadores reflejan peores condiciones de pobreza que en el resto de regiones del país.
                                                                                                                                                                Raíces de Mangle del majestuoso Estuario de Cojimies
 
1.-  MARRIOT, García Francisco, Análisis del sector camaronero, Apuntes de economía No. 29, Banco Central del Ecuador, junio 2003, pp. 3.
2.- Salles, Vania, Tuirán, Rodolfo, “Familia, género y pobreza”, en: Para entender el concepto de género, pp. 71 – 109, Ed. Abya Yala, Quito, 1998.
3.- Índice de salud: Es la combinación lineal de los indicadores de mortalidad infantil, desnutrición crónica, hogares con saneamiento, personal de salud, y viviendas con agua potable que maximiza su representatividad. Sus valores mayores indican mejores condiciones de salud.
4.- Pobrezas por NBI: Número de personas (u hogares) que viven en condiciones de “pobreza”, expresado como porcentaje del total de la población en un determinado año.
5.- Sistema Integrado de Indicadores Sociales (SIISE, versión 3.5 y 4)
 
COMUNIDADES INFLUENCIADAS POR LA INDUSTRIA CAMARONERA.-
A partir del análisis de los datos socio-económicos en las parroquias donde se encuentra el ecosistema manglar e influenciadas por la actividad industrial camaronera, se confirma la situación de pobreza por bajos ingresos, desnutrición, ausencia de condiciones de salud, bajo nivel de educación, que explica que los hogares pobres e indigentes  sean numerosos, tengan mayores niveles de analfabetismo (especialmente en mujeres), menores niveles de escolaridad en general y altos índices de desnutrición; a esto se suma una serie de exclusiones en el ámbito económico como por ejemplo bajos ingresos, informalidad laboral y por lo tanto el no acceso a beneficios de protección social en caso de vejez, enfermedad, invalidez o cualquier otra circunstancia, lo que pone a estas familias en condiciones de mayor vulnerabilidad. La vulnerabilidad de estas familias, se ve agravada además por la inexistencia de servicios públicos tales como agua potable, alcantarillado, disposición de residuos, etc. Este factor incide directamente en altas tasas de morbi mortalidad especialmente de niños, niñas y mujeres. Se considera “pobre” a una persona, si pertenece a un hogar que presenta carencias persistentes en la satisfacción de sus necesidades básicas incluyendo vivienda, salud, educación y empleo.
   Reseña Fotográfica de la situación del estuario de Cojimies
 
EXPRESIÓN DE INEQUIDAD.- EL EMPLEO, EL INGRESO:
La estructura actual del empleo en el Ecuador tiende a la informalidad. Los indicadores nacionales dicen que el 11,53% de la población se encuentra desempleada y el 44% está subempleado. Este sector de la población no goza de estabilidad laboral, ni de los beneficios del seguro social y perciben remuneraciones inferiores a la mínima.
 
Al estar fuera del mercado formal de trabajo, ve restringidos, es decir violados, sus derechos laborales, consignados en los instrumentos internacionales que hablan del derecho de todo ser humano en edad de trabajar, a acceder a un trabajo adecuadamente remunerado y a los beneficios de ley. La principal actividad económica de las poblaciones que viven en zonas donde el ecosistema manglar ha sido destruido, es la utilización de formas ancestrales de manejo de los recursos que en él se encuentran, que implica el uso de tecnologías elementales en volúmenes bajos, suficientes para la autosubsistencia. Por lo tanto, no tienen un modelo extractivista, como es el caso de la industria camaronera, que explota el recurso de forma intensiva. De esta manera, las actividades productivas consisten en pesca artesanal, recolección artesanal de moluscos y crustáceos, propios de este ecosistema, y extracción forestal artesanal para usos domésticos (elaboración de carbón y vivienda por ejemplo). La apropiación ilegal y sobre-explotación del ecosistema manglar, realizado por las empresas camaroneras, ha tenido graves impactos especialmente en lo que se refiere a la supervivencia y bienestar de las comunidades que utilizaban y aún utilizan estos recursos naturales. Uno de los principales impactos ha sido precisamente en el campo del empleo y la productividad. Al eliminar vastas zonas del ecosistema manglar, se reduce sustancialmente la cantidad y calidad de los productos propios de este ecosistema, por lo tanto se reduce la soberanía y seguridad alimentaria de las poblaciones locales. Pero además se genera una grave presión sobre los remanentes que existen.
 
 
 
La cascada de Chindul  brinda entretenimiento a los visitantes.
 
 
 
En la playa de Tasaste hay inmensas rocas que han caído de la montaña.



 
 
 
UNA PRUEBA Y EJEMPLO GENERALIZADO.-

En una zona como la Reserva Ecológica de Manglares Cayapas – Mataje (REMACAM), ubicada al norte de la provincia de Esmeraldas, donde el ecosistema manglar aún da muestras de salud y vitalidad y donde aún existe una débil presencia de la industria camaronera, una mujer recolectora de moluscos, de la especie Anadara (conocidas como concha) que hace 10 años recolectaba 1.200 conchas por faena, hoy día con mucho esfuerzo y con la participación de todos los miembros de la familia6, obtienen entre 80 y 120 conchas diarias, lo que representa un ingreso de entre 115 y 200 dólares mensuales7. Esto se traduce en una situación de extrema pobreza, y aún así, el ecosistema es la única fuente de ingresos que no puede ser superada por ningún tipo de industria en la zona.                                                           Zoocriadero de conchas. Foto: Fundecol (2006).

 

En el sur de la misma provincia, en el Refugio de Vida Silvestre del Estuario de Manglares Muisne-Cojimíes, mediante un diagnóstico socio-económico realizado por la Fundación de Defensa Ecológica se determinó que el número de personas de las comunidades usuarias ancestrales del ecosistema manglar ha disminuido considerablemente en los últimos años, debido a que ya no encuentran recursos para su sustento. El diagnóstico ambiental8 evidenció el peligro de extinción de las especies Anadara similis y Anadara tuberculosa, conocidas como concha, principal fuente de sustento de la mayoría de mujeres de la zona; constatándose la existencia de menos de una especie por metro cuadrado. Esta pobreza de recursos ha incidido en el desplazamiento forzado de estos trabajadores-as hacia otras actividades del sector informal, especialmente en las zonas urbanas en actividades como las ventas ambulantes y servicios varios.                                                                                                                                               

 

Cangrejo azul. Foto: Fundecol (2006).

 

Por el contrario, la industria camaronera exhibe estadísticas en millones de dólares, que ha enriquecido a unos cuantos. En 1998 (el pico más alto) logró un total de ingresos por 875 millones de dólares obtenidos por la exportación de camarón. Después de la crisis de la “mancha blanca”, en el último quinquenio (1999 – 2004), obtuvo un promedio de 286 millones de dólares. Para tener una referencia un poco más precisa sobre cuáles son los beneficios económicos que una finca camaronera reporta a su dueño, de acuerdo a la Cámara Nacional de Acuacultura (2002), 100 has., de camarón cultivado, luego de pagar todos los costos variables y fijos, ofrece una utilidad bruta aproximada de 69.476 dólares, es decir 695 dólares por hectárea al año, una cifra bastante conservadora frente a los testimonios del mismo sector camaronero, que da cuenta de que antes de la “mancha blanca”, las ganancias netas de una piscina de estas características era aproximadamente de 10 dólares por cada dólar invertido. Mientras en el primer caso, se habla de que el ingreso de una familia que se dedica a la recolección de conchas difícilmente llega a 10 dólares diarios; en el segundo caso se tiene que contar las ganancias por decenas de miles de dólares. La inequidad se expresa en esta tendencia que existe en el país, donde el 2% más pobre recibe el 0,015% del ingreso nacional, y gana 1270 veces menos que el 2% más rico de la población. Por otra parte hay quienes afirman que la bonanza de la industria camaronera ha sido y es una importante fuente de trabajo. Para 1998 se aseguraba que la industria ofrecía más o menos 248.000 empleos directos. Luego del impacto de la “mancha blanca” se han reducido a una cifra de 126.000. No existen cifras exactas sobre la oferta de empleo que genera la industria, lo que sí se conoce es que una piscina camaronera de hasta 200 hectáreas emplea un máximo de 5 personas de forma permanente y 20 ocasionales. Pese a la crisis de la industria, se deduce según estos datos, “…su presencia ha incidido directa e indirectamente en el mejoramiento de la calidad de vida de las comunidades aledañas…”, algo que no se puede sustentar con las cifras correspondientes a los indicadores socioeconómicos. Más bien, el conjunto de estos indicadores permiten concluir la condición de pobreza e inequidad en la que sobreviven las comunidades de usuarios-as ancestrales del ecosistema manglar.

 

6.- Los niños son mano de obra importante para la recolección de concha, especialmente en la época de vacaciones (febrero a abril).

7.- Testimonios pobladores de la REMACAM. Investigación de campo, C CONDEM, 2004.

8.- Fundecol, Diagnóstico de Crustáceos y Moluscos parte del Plan de Manejo Participativo Comunitarios del Refugio de Vida Silvestre, su Area de Influencia y Amortiguamiento, Muisne 2005.

 

 

 

DATOS PARCIALES PROVINCIA DE MANABÍ.-

En la provincia de Manabí se ha identificado 12 parroquias pertenecientes a 8 cantones que se encuentran ubicados en áreas correspondientes al ecosistema de manglar. En estas parroquias viven 190.211 personas, es decir el 18% del total de la población que habita en esta zona. De este conjunto, la parroquia urbana más importante es Bahía de Caráquez, sin embargo no es la que mayor población concentra (24.711 habitantes). Montecristi es la parroquia rural más populosa, en la que habitan 41.329 personas. El resto de la población se encuentra repartida entre las demás parroquias, urbanas y rurales. La población más pequeña se encuentra en la parroquia Salango donde habitan 3.593 personas.

 

Pedernales Cojimíes 12124; Pedernales 26745, San Vicente Canoa 6086; San Vicente 13030; Sucre - Bahía de Caráquez 24711; Charapotó 16236; Chone - Antonio 6705; Tosagua – 24750; Bachillero 3834; Portoviejo – 11068; Montecristi – 41329; Puerto López - Salango 3593: TOTAL 190211

 

Manabí es una de las provincias que mayor impacto ha sufrido por efectos de la explotación intensiva de recursos, entre ellos el manglar. En los esteros, el del río Chone por ejemplo, a simple vista es posible identificar vastas extensiones de lo que antes fuera manglar que después fueron destinadas a piscinas camaroneras, muchas de las cuales fueron abandonadas después del  fenómeno de la “mancha blanca”, dejando en su lugar grandes desiertos. Actualmente  se están reactivando algunas piscinas, pero se continúa deforestando nuevos bosques de manglar para actividad camaronera. En correspondencia, es una de las provincias más pobres del país, y donde se puede constatar la mayor depredación de recursos naturales, especialmente manglares. En promedio el 87% de la población de la provincia se encuentra en situación de pobreza por NBI, destacándose parroquias en las que se alcanzan índices de hasta el 98% (Cojimíes), 96% (San Antonio y Canoa), Salango con el 95%, Charapotó y Bachillero 91,6 y 91,3% respectivamente. Casualmente Cojimíes es una de las principales zonas productoras de camarón industrial en Manabí.9


Así mismo, Manabí presenta la mayor tasa de deforestación de manglar del país: 2,69% anual, en relación al 0,78% anual que es la tasa promedio que es sumamente alta. La situación de extrema pobreza que vive esta población se expresa de manera más elocuente cuando revisamos los demás indicadores, referidos a situación de educación, salud, servicios básicos y empleo, así las parroquias de la provincia de Manabí, tienen10:

El estuario posee una abundante vida marina aprovechada por los
 pescadores, quienes además ofrecen ese tipo de experiencia a turistas.

 

• Bajo nivel de escolaridad que en esta provincia se encuentra en un promedio de 5 años de escolaridad. No existe mayor diferencia entre el nivel de escolaridad entre hombres y mujeres.

• Alto registro de analfabetismo (15%) en adultos mayores de 15 años. En coherencia con el nivel de escolaridad, las parroquias donde se registran los mayores niveles de analfabetismo son: Cojimíes (25%) y Canoa (21%).

• Déficit de servicios básicos en todas las parroquias, incluso las urbanas, como por ejemplo Pedernales con el 91% seguido de Bahía de Caráquez con el 85%. Las demás parroquias, registran valores inferiores al 80%.

• Bajos índices de salud. Hay parroquias que tienen los índices más bajos: Canoa (1,69), Charapotó (4,31). La parroquia con mejor condición de salud es Bahía de Caráquez (34,08).

• 35% de desnutrición crónica en niños-as menores de 5 años es el promedio provincial. La parroquia que tiene el menor registro es Bahía de Caráquez (37%). Las parroquias con más alta desnutrición son Cojimíes (46%), Pedernales (43,8%) y Salango (43,7%), el resto de parroquias presentan valores inferiores al 42%. Desnutrición crónica en niños(as) menores de 5 años.

 9.- FUNDACION “José Peralta”, Ecuador: su realidad, Quito, 2003, pp. 189.

 10.- Fuente: SIISE 4 - Elaboración: C CONDEM, 2006

 

DATOS PARCIALES PROVINCIA DE ESMERALDAS.-

En la provincia de Esmeraldas se han identificado 19 parroquias pertenecientes a 5 cantones que se encuentran ubicados en áreas del ecosistema manglar. En éstas parroquias viven 80.649 personas, es decir el 8% del total de la población que habita en este ecosistema. En esta provincia existen dos Áreas Naturales protegidas que se encuentran en el ecosistema manglar, éstas son la Reserva Manglares Cayapas – Mataje (REMACAM) en el norte de Esmeraldas, en los cantones de Eloy Alfaro y San Lorenzo; y el Refugio de Vida Silvestre del estuario Muisne-Cojimíes en el Cantón Muisne, colindante con Pedernales, en Manabí. A continuación un cuadro en el que se señala el cantón, la parroquia y el número de habitantes en cada una de ellas, para el 2001.

 

San Lorenzo San Lorenzo 15556; Ancón 1164; Mataje 821; Tambillo 1579; Valdez 6084; Eloy Alfaro - La Tola 4260; Pampanal de Bolívar 864; Lagarto 3669; Río Verde Rocafuerte 4613; Río Verde 4577; Atacames 11251; Súa 3065; Muisne 8670; Bolívar 766; Daule 1755; Sálima 1107; San Francisco 2554; San Gregorio 4709; San José de Chamanga 3585: TOTAL 80649

 

Los niveles de pobreza, como en las demás provincias estudiadas, son críticos con un promedio provincial del 93%. Las parroquias con el más alto porcentaje de necesidades básicas insatisfechas (100%) son Tambillo, Ancón, Sálima, Daule, Pampanal de Bolívar y San José de Chamanga. Parroquias que precisamente se encuentran colindantes con la provincia de Manabí e inmersas en la problemática del Estuario del Cojimies.  

 

MARCO LEGISLATIVO PARA LA PROTECCIÓN DEL ECOSISTEMA MANGLAR

MARCO JURÍDICO JERÁRQUICO Y PRINCIPIOS BÁSICOS.-

El Ecuador es un Estado soberano de derecho, cuya Constitución Política nos impone el cumplimiento del marco jurídico estatuido y nos obliga a actuar con responsabilidad, con transparencia y respetando el principio legal. Es responsabilidad del Estado y de los ciudadanos vigilar el cumplimiento de la Constitución y normativa jurídica, para fomentar la seguridad jurídica.

 

La Ley, la manifestación de la voluntad soberana, manda, prohíbe o permite, lo que es de cumplimiento obligatorio por parte de todos quienes habitan en el territorio ecuatoriano sean extranjeros o nacionales.

La Constitución Política de la República o Carta Política es la norma jurídica jerárquica suprema, ninguna otra norma pueda oponérsele o contradecirla. Los principios constitucionales son directa e inmediatamente exigibles ante cualquier juez, tribunal o autoridad. “Art. 272.- Jerarquía de la Constitución, Conflicto de leyes.- La Constitución prevalece sobre cualquier otra norma legal. Las disposiciones de leyes orgánicas y ordinarias, decretos-leyes, decretos, estatutos, ordenanzas, reglamentos, resoluciones y otros actos de los poderes públicos, deberán mantener conformidad con sus disposiciones y no tendrán valor, si de algún modo, estuvieren en contradicción con ella o alteraren sus prescripciones.” Bajo esta norma máxima actúan los demás instrumentos jurídicos que rigen en el Ecuador, en el siguiente orden:

 

REGULARIDAD DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO POSITIVO.-

• Constitución / Tratados, Convenios Internacionales

• Leyes orgánicas, ordinarias, Códigos

• Decreto Supremo, Decreto Ley, Decreto Ejecutivo

• Ordenanzas

• Reglamentos

• Resoluciones

• Acuerdos

 

Si hubiere conflicto entre normas de distinta jerarquía, las cortes, tribunales, jueces y autoridades administrativas, lo resolverán mediante la aplicación de la norma jerárquica superior.

La Constitución, Leyes Orgánicas, Leyes Ordinarias, Códigos son dictadas por el Congreso Nacional; Decretos Supremos, Decretos Leyes, Decretos Ejecutivos los dicta el Presidente de la República; los Reglamentos, los funcionarios delegados por el Ejecutivo; las Ordenanzas, el Consejo Provincial y Concejo Municipal; las Resoluciones y Acuerdos, cualquiera de estos organismos. También los ciudadanos pueden proponer proyectos de Ley.

La gestión ambiental en el Ecuador se rige por los principios básicos que constan en la Constitución de la República y la Legislación ambiental, a más de un nutrido cuerpo legal específico.

 

Los principios básicos de la gestión ambiental presentes en la Constitución de la República son los de: sustentabilidad, equidad, solidaridad, precaución, corresponsabilidad, cooperación, coordinación, reciclaje, reutilización de desechos, utilización de tecnologías alternativas ambientalmente sustentables, respeto a las culturas y prácticas tradicionales, consentimiento informado previo, uso de tecnologías limpias, todos estos son principios que mayoritariamente no se aplican.

 

La legislación ambiental11 por su parte previene y regula aspectos tales como: deforestación; pérdida de la biodiversidad y recursos genéticos; desordenada e irracional explotación de recursos naturales; contaminación del aire, agua y suelo; generación y manejo deficiente de desechos; los problemas de salud nacional por contaminación y malnutrición, y vela porque las actividades económicas se desarrollen dentro de los términos de ser socialmente justas, económicamente rentables y ambientalmente sustentables. Según estos principios, cualquier contravención a lo establecido menoscaba la seguridad jurídica, institucionaliza la impunidad y atenta contra la vida de los habitantes.

 

MARCO JURÍDICO E INSTITUCIONAL PARA LA PROTECCION DEL ECOSISTEMA MANGLAR.-

El ecosistema manglar ha sido protegido por el Estado, a través de diferentes cuerpos legales desde el año 1960,12 cuando a través del Código de la Policía Marítima (RO 1202-S; 20-VIII-1960, vigente), en el Art. 80 declara que “…los ríos y grandes lagos son de dominio nacional” y continúa indicando que “No se podrá ocupar extensión alguna de bahía sobre ni bajo la superficie de sus aguas, sin autorización del Ministerio de Defensa mediante la respectiva Capitanía de Puerto”.

 

De esta manera el Estado sienta los antecedentes para la concesión de zonas de playa y bahía. Adicionalmente, este Código determina la pena de prisión para la ocupación no autorizada de las indicadas zonas. A partir de entonces se han dictado muchas leyes, decretos, acuerdos, reglamentos, que pretenden la protección de este ecosistema, sin mayor resultado.

 

El ecosistema manglar, ha sido categorizado como:

* Bien Nacional de Uso Público13, no se los puede vender ni comprar (son intransferibles), no se puede adquirir la posesión, no son susceptibles de apropiación, son imprescriptibles (ni el paso del tiempo permite su dominio y posesión), e inembargables.

*Patrimonio Forestal del Estado

*Bosque Protector

*Ecosistema Frágil

*Parte del Patrimonio de Áreas Naturales

 

Normativa que declara a los Manglares Bienes Nacionales de Uso Público (en orden cronológico).-

* Código Policía Marítima R.O.; 20-VIII-1960. Art.80 (vigente). Los ríos y grandes lagos son de dominio nacional. No se podrá ocupar extensión alguna de bahía sobre, ni bajo la superficie de sus aguas sin autorización del Ministerio de Defensa mediante la respectiva Capitanía de Puerto.

 

a. Los Manglares son Bienes Nacionales de Uso Público

En diferentes instrumentos legales, se ha reconocido reiteradamente la calidad de los manglares como bienes nacionales de uso público, sobre los cuales, nadie puede tener propiedad. A continuación se cita esta reglamentación:

 

11.-  Legislación Ambiental Tomo VI, De la calidad ambiental y la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, 2003.

12.- Desde 1960 y hasta 1978 el manglar estuvo protegido por un marco jurídico de carácter general: Código de Policía Marítima, Código Civil y Ley de Aguas.

13.- El Código Civil en 1962, dice “Art. 623.- Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda.”

 

 

 

 

 

* Ley de Aguas; R.O.69; 30-V-1972. Art. 2, Las aguas de ríos, lagos, lagunas, son bienes nacionales de uso (vigente) público, están fuera del comercio

* Art. 4, son bienes nacionales de uso público el lecho y subsuelo del mar interior y territorial, de los ríos, lagos o lagunas, esteros.

* Ley Forestal y de conservación de Art. 1.- “Los manglares, aún aquellos existentes en propiedades particulares.

* Áreas Naturales y Vida Silvestre. RO 64; 24-VIII-1981. Los Manglares se consideran bienes del Estado y están fuera del comercio, no son susceptibles de posesión o de cualquier otro medio de apropiación, y solamente podrán ser explotados mediante concesión otorgada de conformidad con esta Ley y su reglamento.”

* Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero. R.O. 497; 19-II-1974. (vigente). Art.1, Los recursos bioacuáticos existentes en el mar territorial, en las aguas marítimas interiores, en los ríos, en lagos o canales naturales y artificiales, son bienes nacionales, cuyo racional aprovechamiento será regulado y controlado por el Estado de acuerdo con sus intereses. (Reforma DL 03 RO 252, 19-VII-85)

* Reglamento para la Cría y Cultivo de Especies Bioacuáticas RO.26202-IX-1985 (vigente); Art. 6, zonas intermareales (zona de playa y bahía), consideradas como bienes nacionales de uso público.

 

b. Los Manglares Patrimonio Forestal del Estado

A partir del 24 de agosto de 1981 cuando se publica la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, constan los manglares como Patrimonio Forestal del Estado, por ser un bosque natural al igual que la flora y la fauna silvestre existentes en ellos. El 7 de agosto de 1990 se introduce una reforma en esta Ley y se especifica la importancia del manglar, como consta en el siguiente artículo:

“Art. 1 y 2.- (Descripción).-Constituyen Patrimonio Forestal del Estado, las tierras forestales que de conformidad con la ley son de su propiedad, los bosques naturales que existan en ellas, los cultivados por su cuenta y la flora y fauna silvestres.”

 

c. Los Manglares Bosques Protectores

Declarados así en el Art. 5 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre por los servicios ambientales que el manglar presta, cuyo propósito es:

• Conservar el suelo y la vida silvestre;

• Controlar fenómenos pluviales torrenciales o preservar cuencas hidrográficas;

• Ocupar áreas contiguas a las fuentes, corrientes o depósitos de agua;

• Cortinas rompe vientos o de protección del equilibrio ambiental;

• Defensa de los recursos naturales.

 

En 1986 el Acuerdo del Ministerio de Agricultura y Ganadería (No 4.989; R.O. 591, del 24-XII-1986, reforma: Acuerdo Ministerial No. 238, R.O. 722, del 6-VII- 1987), se declara bosques protectores a los existentes en un área total que comprende 362.802 Has. de superficie de tierras cubiertas de manglar, de otras especies forestales y áreas salinas incluidas dentro del ecosistema” localizados en:

 

1. Santiago, Najurungo y Mataje, en la provincia de Esmeraldas, 40.939 has.

2. Muisne y Cojimíes en las provincias de Esmeraldas y Manabí, 20.098 has.

3. Chone, en la provincia de Manabí, 2.788 has.

4. Guayas, en la provincia de Guayas con 203.590 has.

5. Pagua, Jubones, Santa Rosa y Arenillas, en la provincia de El Oro con 95.392 has.

 

Esta declaratoria se recoge en el año 2003 a través de la Legislación Ambiental (Tomo IV. De la Gestión de los Recursos Costeros. Libro V, 2003), en la que se declara como bosques protectores a los manglares existentes en las provincias de Esmeraldas, Manabí, Guayas y El Oro que fueran de dominio del estado. (Art. 20 de la mencionada ley)

 

 

 

 

 

 

d. Los Manglares Ecosistemas Altamente Lesionables

El Estado ecuatoriano obligado por la gravedad del daño causado por la instalación de las camaroneras en espacios públicos y comunitarios, en la Legislación Ambiental, Tomo III. Del Régimen Forestal. Libro III, declaró a los manglares como ecosistemas altamente lesionables. Dice:

 

Art. “241.- (Ecosistemas altamente lesionables).-Todos los ecosistemas nativos, en especial, páramos, manglares, humedales y bosques nativos en cualquier grado de intervención, por cuanto brindan importantes servicios ecológicos y ambientales, constituyen ecosistemas altamente lesionables, para los efectos establecidos en el artículo 81 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre. “

 

e. Los manglares en el Patrimonio Nacional de Áreas Naturales del Estado

El Patrimonio Nacional de Áreas Naturales del Estado, de acuerdo al Art. 70 de la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida silvestre se constituye por:

 

a) Parques nacionales; b) Reservas ecológicas; c) Refugios de vida silvestre; d) Reservas biológicas; e) Áreas Nacionales de recreación; f) Reservas de producción de fauna y, g) Áreas de caza y pesca.

 

Las áreas de ecosistema manglar que forman parte de este Patrimonio Nacional son:

 

Reserva Ecológica Manglares Churute, Guayas; Reserva Ecológica Manglares Cayapas-Mataje, Esmeraldas; Refugio de Vida Silvestre Muisne, Esmeraldas; Refugio de Vida Silvestre “Isla Corazón e Isla Fragatas”, Manabí; Reserva de Producción de Fauna Manglares El Salado, Guayas.

 

De acuerdo al Art. 71 del mismo instrumento legal, este patrimonio es inalienable e imprescriptible y no puede constituirse sobre él ningún derecho real.” Y “…deberá conservarse inalterado.”

 

ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN JURÍDICA DE LA INDUSTRIA DEL CAMARÓN EN EL ECUADOR.-

No existe otro ecosistema como el manglar que cuente con tanta protección legal y que a la vez sea tan desprotegido. En todo este aparato legal, que asume la fragilidad del ecosistema y su eminente riesgo de desaparecer, se expresa una serie de medidas normativas que no es posible ejecutar. A este marco normativo, lo acompaña un conjunto de entidades e instituciones del Estado cuya responsabilidad es ejecutar los articulados respectivos, pero que adolecen de la gran limitación conceptual de que al ecosistema manglar no se lo ha concebido como un todo integrado, sino como un añadido de elementos; agua, bosques, biodiversidad, etc. De ahí que la gestión para la protección del ecosistema sea ineficiente. Las competencias institucionales son diversas y descoordinadas y provocan irregularidades que se constituyen en ilegalidades. En este contexto un acuerdo interministerial que regula las Concesiones de zonas de playa y bahía para el desarrollo de la industria camaronera permite a la industria camaronera, bajo ciertas limitaciones, el uso y usufructo de este bien de uso público. La industria se ha amparado en este acuerdo –aunque también de éste son morosos- para desarrollar su actividad. De manera inequitativa, recientemente y por presión de las comunidades de usuarios ancestrales, se ha logrado el reconocimiento a las comunidades de su derecho a manejar su ecosistema a través del Acuerdo de uso sustentable y custodia, con el cual se otorga a ciertas comunidades, la responsabilidad para la vigilancia y manejo sustentable, dejando sentada la diferencia de trato a los industriales y a las comunidades.

 

En todos los casos, queda claramente señalada la calidad del manglar como Bien de Uso Público, sobre el que no existe más propietario que el Estado y que las concesiones no son títulos de propiedad. La inobservancia de la ley establecida, por parte de la industria camaronera, ha provocado graves impactos y daños al ecosistema, lo que debe ser motivo de exigencia por parte de los usuarios ancestrales y ambientalistas en general para pedir la restitución, reparación y restauración del ecosistema y la obligatoriedad de la industria a cumplir con la legislación existente y a responsabilizarse por los daños causados. Mientras esto no sea así, no es posible transitar a ningún proceso de certificación, porque sólo se daría lugar a una nueva fase de la impunidad de la industria.

 

 

 

NORMATIVA BÁSICA PARA USO DEL ECOSISTEMA MANGLAR.-

Siendo, como se ha expuesto, que el ecosistema manglar es un bien público de interés nacional, hay restricciones obvias para su uso y manejo. Así, cualquier actividad industrial que dependa de estos recursos naturales, debe regirse y respetar estrictamente la legislación vigente, de lo contrario, se constituye en una actividad ilegal. De acuerdo al Reglamento de la Actividad Marítima14 las concesiones de playa y bahía, pueden revocarse mediante acto unilateral y discrecional del Estado por motivos de interés público o de seguridad nacional.

 

Reglamento a la Actividad Marítima.- Norma - Causas de terminación

Art. 134.- La ocupación de zonas de playa y bahía de carácter permanente, es concedida por la Dirección General de la Marina Mercante por delegación del Ministerio de Defensa Nacional

Art. 144.- Las autorizaciones de ocupación de zonas de playa y/o bahía de carácter temporal, son otorgadas por la Capitanía de Puerto Jurisdiccional.

Art. 142.- Los derechos de concesión no podrán cederse ni enajenarse a ningún título salvo a favor de del Estado, por motivos de interés público o de seguridad nacional. Se declararán caducadas por:

-Si la construcción o instalación fueren diferentes a las de planos o se diere uso diferente al concedido.

-Si ocupare ilegalmente un área mayor a la concedida.

-Si el concesionario cediere o enajenare total o parcialmente los derechos de concesión sin autorización correspondiente.

Art. 145.- Las concesiones de zona de playa y bahía, por ser de naturaleza precaria, pueden revocarse mediante acto unilateral y discrecional:

-Por tala de manglares.

-Incumplimiento de obligaciones legales y reglamentarias.

-Falta de cancelación de dos años consecutivos por los derechos de ocupación.

También en el Reglamento para la Cría y Cultivo de Especies Bioacuáticas15 se establecen ciertos criterios a partir de los cuales se termina la concesión.

 

Reglamento para la Cría y Cultivo de especies Bioacuáticas - Norma - Causas de terminación.-

Art. 17.- La concesión de zonas de playa y bahía es por 10 años, prorrogables por períodos iguales, en áreas efectivamente trabajadas y explotadas técnicamente.

Art. 19.- La concesión es una autorización conjunta de los Ministerios de Comercio Exterior, Industrialización, Pesca y Competitividad y de Defensa Nacional.

Art. 22.- La concesión es renovable

Art. 26.- Los derechos de concesión no pueden enajenarse.

Art. 29.- Termina la concesión por:

* Vencer el plazo, * Fallecimiento del concesionario, * Ocupación de un área mayor a la concedida, * Tala de manglar, * Incumplimiento de las obligaciones legales reglamentarias, * Construir piscinas con retiro no menor a 500 metros a ningún título, salvo el fallecimiento del concesionario, el cónyuge sobreviviente o sus herederos pueden seguir explotando -incumplir sus obligaciones. y solicitar una nueva concesión.

 

ACUERDO DE USO SUSTENTABLE Y CUSTODIA DEL ECOSISTEMA MANGLAR.-

Frente a la acelerada destrucción del ecosistema manglar, por presión de las comunidades usuarias ancestrales, organizadas en toda la faja costera, el Estado ecuatoriano, ha reconocido el derecho y la facultad de las comunidades para obtener el “Acuerdo de Uso Sustentable y Custodia del Manglar”, mediante el cual se obligan a cuidar y vigilar este ecosistema y comunicar a la autoridad competente, cualquier violación o destrucción del mismo, pese a que ésta es una función del Estado. Algunas comunidades han logrado obtener esta responsabilidad. Al momento se han entregado casi  20.000 hectáreas y se realizan actividades de recuperación y reforestación de los manglares y su manejo comunitario.

 

14.- Reglamento de la Actividad Marítima, DE 168; R.O. 32; 27 de marzo de 1997.

15.- Reglamento para la Cría y Cultivo de especies bioacuáticas. R.O. 262, 2 de Sept. 1985.

 

 

 

 

LOS DERECHOS DE LAS COMUNIDADES USUARIAS ANCESTRALES DEL ECOSISTEMA MANGLAR.-

“El más alto deber del Estado consiste en respetar y hacer respetar los derechos humanos que garantiza esta Constitución“16. Los Estados, entre ellos, el Ecuador, han asumido compromisos con la comunidad internacional para la protección de los derechos humanos. Al adoptar la Declaración Universal de Derechos Humanos y muchos otros tratados internacionales, el Estado se obliga a sí mismo a respetar y garantizar la vigencia de los derechos humanos de las personas que habitan en su territorio.

Las acciones de uso y abuso del ecosistema manglar revelan un creciente deterioro del respeto a las garantías individuales y colectivas consagradas tanto en el orden jurídico interno; Constitución Política y leyes de la República, como en las normas internacionales, de obligatorio cumplimiento para el Estado Ecuatoriano. La destrucción de miles de hectáreas del ecosistema manglar ha provocado la pérdida alarmante de recursos naturales y biodiversidad; se ha reducido la disponibilidad de aguas frescas, y se ha contaminado los ríos; pero además, la distribución inequitativa de los recursos económicos derivados de una gestión no sustentable de los recursos del ecosistema manglar ha redundado en mayores niveles de pobreza y miseria. La indiferencia sobre la situación socio-económica de las poblaciones que habitan en la zona y el apoyo frontal de los diferentes gobiernos a la explotación indiscriminada e irracional de los recursos, como los del ecosistema manglar, demuestra que el Estado, si bien está dotado de suficiente y a veces innovadora normativa jurídica ambiental, no la respeta, con lo cual se viola los principales derechos humanos consignados en la Constitución de la República. Esta valoración no es aplicada cuando se dicta las resoluciones y que no se ajusta a la internalización de los daños a las futuras generaciones que es incalculable.

 

VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS Y CIVILES, DERECHOS COLECTIVOS.-

Las comunidades del ecosistema manglar se reconocen como pueblos de raíces ancestrales y por lo tanto con derecho a acogerse a lo que establece la Constitución Política del Ecuador en su capítulo referido a los Derechos Colectivos que en los Art. 83, 84 y 85125 de su texto dice: “El Estado reconocerá y garantizará a los pueblos indígenas, de conformidad con esta Constitución y la ley, el respeto al orden público y a los derechos humanos los siguientes derechos colectivos: Entre otros, se cita los siguientes.-

“4. Participar en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras; 8. A no ser desplazados como pueblos, de sus tierras”

Estos principios se reafirman en:

• Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes,

• Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales que en el Art. 1 prohíbe privar a un pueblo de sus propios medios de subsistencia,

• Convenio sobre la diversidad biológica que ordena respetar, preservar y mantener “los conocimientos, las innovaciones y las prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica y promoverá su aplicación más amplia, con la aprobación y la participación de quienes posean esos conocimientos, innovaciones y prácticas y fomentará que los beneficios derivados de la utilización de esos conocimientos, innovaciones y practicas se compartan equitativamente.” El desplazamiento y expulsión de los pueblos costeros de sus tierras comunitarias, por la conversión de espacios públicos en privados, impide su desarrollo socioeconómico, desconoce su derecho ancestral sobre el uso de las tierras comunitarias, su participación en el uso, usufructo, administración y conservación de los recursos naturales renovables que se hallen en sus tierras.

 

DERECHOS AMBIENTALES.-

Nuevamente la Constitución Política del Ecuador es explícita en este sentido cuando dice que el Estado garantiza:

Art. 23, numeral 6.- “El derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación”. Esta política se reafirma en el Art. 1 de las Políticas básicas ambientales del Ecuador17:

 

16.- Constitución Política de la República del Ecuador

17.- R.O. E2, 31 Mar. 2003 anterior DE 764. R.O. 193 del 19 mayo 1993

 

 

 

 

“La preservación del medio ambiente, es un objetivo nacional permanente…” y además determina que en su conservación, todos tenemos responsabilidad: el Estado, los individuos, las comunidades pero también la industria, “nadie puede sustituir la responsabilidad de cada quien en esta gestión.” Las piscinas camaroneras ocupan y descargan un importante volumen de agua, pues para la producción de una tonelada métrica de camarón se utilizan 86 toneladas métricas de agua. La calidad y cantidad de los efluentes resultantes de la actividad de las camaroneras contribuye a la contaminación del agua de los ríos por la excesiva formación de nutrientes (materiales orgánicos, sólidos suspendidos y productos químicos), lo que contamina el agua e impacta en la población vegetal y animal de estas aguas y es fuente de enfermedades. La mala calidad del agua y el impedimento de paso a las riveras de los ríos por parte de los empresarios camaroneros, han desplazado a las comunidades y las obliga a recorrer kilómetros para acceder al agua dulce.

 

DERECHO A LA VIDA Y SALUD.-

Es competencia del Estado asegurar a los habitantes una vida digna, en igualdad de oportunidades y derechos para obtener trabajo, bienes y servicios y ser dueños de los medios de producción, para lo cual el proceso económico deberá ser de calidad, eficiente, solidario y sustentable.

Art. 84.- Los pueblos indígenas, que se autodefinen como nacionalidades de raíces ancestrales, y los pueblos negros o afroecuatorianos, forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible.

Art. 85.- El Estado reconocerá y garantizará a los pueblos negros o afroecuatorianos, los derechos determinados en el artículo anterior, en todo aquello que le sea aplicable.

 

Cuando se destruye el manglar se termina con el alimento, con aguas limpias y frescas de las comunidades locales y se afecta su bienestar físico y mental, se desconoce la seguridad y soberanía alimentaria y se afecta a la vida que es el derecho fundamental del hombre. El Estado al fortalecer la impunidad, beneficiar a inversionistas nacionales y extranjeros, al proteger la producción de alimentos para la exportación en desmedro del consumo interno, sin aplicar los principios de equidad, universalidad, calidad y eficiencia, deja de cumplir con sus objetivos y los mandatos constitucionales (Art. 3 y 23). Después de años de explotar intensivamente el ecosistema manglar y al no haber cuidado su integralidad, los camaroneros han destruido la capacidad natural para una producción sana. Destruidos los manglares e instaladas las piscinas, los camarones producidos en éstas sufren enfermedades, las cuales pueden ser transmitidas a otras especies vía reproducción o descarga de aguas contaminadas que recorren el estuario y son utilizadas para el consumo humano.

 

DERECHO AL TRABAJO.-

El ecosistema manglar es un generador natural de fuentes de trabajo, un patrón/empleador generoso, dador de alimentos y excedentes que comercializados generan ingresos para las comunidades locales. La conversión del ecosistema manglar en un monocultivo de beneficio privado elimina la posibilidad de mejorar las condiciones de vida y empleo de las poblaciones. El Estado ha sido incapaz de generar alternativas de trabajo ya que ha apostado a que sea la industria la que genere empleo, algo que en realidad no ha sucedido. El trabajador y el grupo familiar (que sin paga también realiza actividades productivas) que vive en las camaroneras sufren miseria y condiciones injustas, los patronos o empleadores no cumplen con sus obligaciones patronales dispuestas en el Código de Trabajo. La mísera vida de los trabajadores de las camaroneras causa descontento y podría convertirse en una amenaza para la paz y la armonía.

 

El crecimiento económico no es un fin en sí mismo… es un medio para llegar al objetivo fundamental

de expandir la potencialidad de las personas para disfrutar de vidas dignas con auto respeto.

Amartya Sen, Premio Nobel

 

 

 

 

 

 

 

 

CONCLUSIONES.-

La promoción del desarrollo de las poblaciones marginales, implica medidas para lograr la satisfacción de las necesidades básicas en educación, salud y vivienda, el acceso a un empleo adecuado y dignificante, y la gradual eliminación de las inequidades sociales, entendidas como desigualdades innecesarias, injustas y evitables. El modelo de desarrollo asumido por el Ecuador, que se fundamenta en el libre funcionamiento de las fuerzas del mercado, no permite concretar estas metas; al contrario, frecuentemente ha conducido a la profundización de las desigualdades sociales que generan pobreza.

 

En el Estuario de Cojimies queda poco por conservar del originario bosque de manglar. Las explotaciones de piscinas camaroneras fueron mermando el espacio del manglar y haciendo  un  uso  intensivo  de  los  recursos  del  estuario:  agua,  espacio,  hábitats. Actualmente y después de agudas crisis del sector, la camaronicultura continua pero no sin haber pasado coste ambiental al Estuario de Cojimies. La contaminación del agua por uso de productos químicos  ha tenido consecuencias graves para otras especies comerciales como la concha prieta.

 

Los habitantes de las parroquias siguen aferrándose a los recursos naturales que les proporciona  el  Estuario de  Cojimies, sin  darse cuenta de  muchos de  los  cambios ambientales que están acaeciendo aguas arriba tanto en la Reserva, como el propio Estuario. Es necesario un cambio drástico en la forma de pensar de las comunidades, que implique más educación, participación, ayuda del gobierno y espíritu emprendedor y organizativo, como el que parece que tienen los grupos de mujeres en varias parroquias del Estuario. Tanto el ambiente, como la sociedad están sufriendo una degradación rápida en los dos escenarios y es preciso soluciones imaginativas y de esfuerzo para los grandes problemas ambientales y sociales que sufren estas zonas.

 

En este escenario, la población local desarrolla una serie de actividades económicas y de subsistencia que amenazan de forma acelerada tanto al Estuario como a la Reserva Mache Chindul. En la Reserva Ecológica, declarada en 1996 y con un plan de manejo aprobado en 2006, la tala de bosque es una actividad diaria que realizan tanto los pobladores de la Reserva, como los habitantes de su zona de influencia. A pesar de la ilegalidad de esta actividad, la masa forestal se ve disminuida año tras año, para dar paso a explotaciones agrícolas de tipo monocultivo o simplemente para la comercialización de la madera y la invasión de la tierra de la Reserva.

 

El Programa SUCCESS en Ecuador, trabaja con proyectos piloto sobre alternativas de subsistencia  en  las  comunidades  que  rodean  el  Estuario  de  Cojimies.  Todas  las iniciativas  (agroforesteria, miel, turismo, clubs ecológicos) que se están ejecutando a través de EcoCostas han obtenido resultados alentadores que pueden conducir a largo plazo y con un esfuerzo constante a reducir la presión sobre el medioambiente de estas zonas; sin embargo,  necesitan de mas apoyo financiero y más personal dedicado a mantener un contacto  continuo  y directo con la gente de las comunidades. Una idea para SUCCESS en Ecuador sería unir esfuerzos con otros programas que operan en las mismas áreas, como PRODERENA y el PMRC trabajando respectivamente en áreas forestales y también en el área costera de Cojimies.

 

Sería recomendable armar alianzas de colaboración con otras organizaciones pequeñas trabajando en la misma zona, como FUNDECOL que trabaja para recuperar el manglar del Estuario y tiene contacto directo con la Dirección del Refugio de Vida Silvestre Muisne-Cojimies. En lo concerniente a lo social, se necesitarían iniciativas dirigidas a mejorar el nivel cultural   de  las  comunidades  de  Chamanga,  Bolívar  o  Mompiche  y  emprender programas de  trabajo con los estudiantes para reforzar su conocimiento ambiental a través de los Clubs Ecológicos. Paralelamente se podrían trabajar con las poblaciones para hacer campañas de  concienciación sobre la gestión de sus residuos, que es también un problema muy grave en todas las comunidades del Estero.

 

Estas y  otras  acciones  podrían  ayudar  a  reforzar  la  actuación  y  la  presencia  de las diversas organizaciones sociales, culturales, políticas, gubernamentales y no estatales, que trabajan en pro del estuario de cojimies, además de contribuir de forma muy activa a la mejora de la biodiversidad y del medioambiente en la zona.

 

 

ESTIMATIVOS Y PRIORIDADES PARA LA  CONSERVACIÓN DE LAS AREAS NATURALES ACTUALES.-

La intencionalidad del presente trabajo ha sido auscultar la situación humana, jurídica, natural y de preservación patrimonial del área que corresponde al estuario del rio Cojimies, esta lectura de lecturas y las observaciones personales de una realidad que nos es muy inherente por diversos factores personales, nos ha llevado a vislumbrar un estimativo de posibles sugerencias de solución y actuación  a  las  amenazas descritas por la defensa de la vida y del entorno al que nos hemos referido;  a mas de cómo y desde que punto de vista, podría actuarse para buscar soluciones exitosas y factibles. Por lo que, hemos definido, de manera bilateral y bajo ópticas diferentes la tratativa de los problemas y posibles soluciones para la Reserva Mache Chindul y para el Estuario Cojimies:

 

En la Reserva Mache Chindul el plan de manejo aprobado en el 2006, delineo una seria de políticas   generales para la gestión dentro de la Reserva, que a continuación se describen de forma concisa:

 

- Fortalecimiento de la autoridad ambiental Nacional como entidad rectora de la REMACH

- Desarrollar capacidad institucional y organizativa en las direcciones del Ministerio de Medio Ambiente en Esmeraldas y Manabí para administrar la Reserva a través de un manejo participativo.

- Consolidar  físicamente  los  límites  de  la  Reserva  con  la  población residente dentro de la REMACH y en su zona de influencia.

- Construcción de un modelo de gestión participativo de la Reserva y su zona de influencia

- Consolidar una  estructura  de  gestión  que  posibilite  la  participación responsable,  activa  y  deliberante  de  los  actores  locales  en  las decisiones de manejo de la Reserva.

- Implementar un sistema participativo de planificación, seguimiento y evaluación que dé cuenta de la efectividad de las acciones de manejo y conservación  de  la  biodiversidad, así  como  el  mejoramiento de  la calidad de vida de la población.

- Conservación de los recursos naturales y mejora de la calidad de vida de los habitantes de la Reserva

- Garantizar la conservación de los ecosistemas y el mantenimiento de los procesos ecológicos que permiten la provisión de bienes y servicios para la región.

- Alternativas de diversificación para la mejora de la calidad de vida de las  familias campesinas (población chachi y afro ecuatorianas) que habita la Reserva, sustituyendo prácticas insostenibles por alternativas en armonía con el ambiente de la Reserva.

- Incrementar el conocimiento y la educación sobre el medioambiente y promover las culturas y prácticas indígenas en la Reserva.

- Emprender acciones de reforestación con vegetación autóctona.

- Apoyo al desarrollo local sostenible de la población de la Reserva y su zona de influencia.

- Introducir educadores en las escuelas de las comunidades

 

En el Estuario de Cojímies, algunas prioridades observadas en el área:

 

- Ordenación de la actividad camaronera

- Crear  un  manual  de  buenas  prácticas  de  manejo  que  guié  las operaciones de producción de los camaroneros.

- Educación  paralela  al  uso  de  buenas  prácticas  que  aumente  sus conocimientos sobre el medio natural e incentive la armonía de trabajo entre distintos usuarios del Estero.

- Ordenación y catastro de los productores camaroneros en el Estuario.

- Puesta en marcha de impuestos que regulen y pongan un precio a los costes ambientales de su actividad sobre el Estuario.

- Reforestación del manglar degradado

-Promover  acuerdos  con  los  productores  de  las  camaroneras  para incentivar la reforestación de piscinas camaroneras abandonadas o en desuso y de áreas de bosque manglar degradas o destruidas.

- Diseñar sistemas de manejo participativo en el uso de los recursos del Estuario

- Diseñar una zonificación comunitaria como experiencia piloto, para las áreas de recolección de moluscos en el estuario.

- Trabajar en  una  formulación de  vedas  para  los  pescadores  y  una reglamentación sobre las artes de pesca que deben utilizarse en el Estuario.

 

- Formular reglamentaciones con la ayuda de técnicos que puedan ser norma entre los pescadores y recolectores de las distintas parroquias del Estuario.

- Promover alternativas al uso de los recursos naturales del Estuario

- Educar y entrenar a grupos interesados en la promoción de alternativas turísticas en el Estuario.

- Trabajar con grupos o asociaciones de mujeres en el Estuario que están más motivadas a emprender nuevas actividades.

 

Educación ambiental y básica para adultos en las parroquias dirigidas a:

- Mejorar  la  capacidad  organizativa  de  los  distintos  gremios  y  que puedan   defender   sus   derechos   como   gremios   (pescadores   de Chamanga, por ejemplo).

- Educación básica sanitaria para la población adulta

- Campañas para concienciar a la población en lo importante de ciertos aspectos ambientales: recogida de basuras, uso correcto de letrinas, etc.

 

Reforzar la capacidad institucional de las instituciones ambientales

- Mejorar  la  capacidad  institucional  y  organizativa  de  las  unidades ambientales de los municipios y las parroquias.

- Apoyar  a  las  instituciones  locales  en  la  priorización  de  asuntos ambientales.

- Diseñar  estrategias  factibles  y  participativas  en  búsqueda  de  más apoyo institucional

- Trabajar con grupos de mujeres que destacan en estas áreas por su implicación positiva en muchas actividades.

 

GOBERNABILIDAD A NIVEL  ESTATAL

La principal herramienta a nivel estatal para el manejo y gestión de áreas protegidas en Ecuador, categoría en la que se encontrarían Mache Chindul y el Estuario de Cojimies es el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP).

 

El establecimiento de parques nacionales y reservas en Ecuador data de 1934 con la creación del Parque Nacional de las Islas Galápagos. Posteriormente en 1970 se crean a través de la Ley 818 de Protección de Fauna Silvestre otras reservas nacionales. Sin embargo,  es  a  partir  de  1976  cuando  se  comienza  a  hablar  de  Áreas  Naturales Protegidas y se establecen diferentes categorías de manejo: Parque Nacional, Reserva Ecológica, Reserva de Producción de Fauna y Área Nacional de Recreación (NATURA, 1992).

 

En 1981, se aprueba la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y en 1996 se crea el Ministerio de Medio Ambiente (MAE) que es la entidad Estatal responsable de la administración del SNAP a través de la Dirección Nacional de Biodiversidad y Áreas Protegidas. La administración de la SNAP esta desconcentrada a través de 10 distritos regionales y personal administrativo en cada área a nivel de campo.

 

En  1999  y  dentro  de  este  nuevo  marco  legal  e  institucional  se  elaboró  un  plan estratégico para el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP)  que da un enfoque integral, incluyendo las áreas del patrimonio del Estado, áreas provinciales, municipales, comunitario y privado. La estrategia estableció una visión, misión, principios básicos y un conjunto de herramientas relacionadas con la conservación y el manejo (categorías de manejo, valoración económica, corresponsabilidad de los actores involucrados en el manejo, etc).

 

El SNAP, sistema incluido ahora en el organigrama del Ministerio de Medio Ambiente tiene una historia de 29 años. Hasta la fecha el SNAP cuenta con 33 áreas naturales con una superficie aproximada de 4.8 millones de hectáreas terrestres y 14, 11 millones marinas lo que equivale al 18.5% del territorio nacional. El sistema se distribuye en 22 provincias  y cubre la  mayor parte de los  ecosistemas del país. Sin embargo, hay ecosistemas costeros que no cuentan con la debida representación en el sistema, por lo que resulta preocupante y ha sido la tónica e intencionalidad del presente trabajo; que,  sin ser concluyente, deja sentada las bases jurídicas y humanas para la tratativa de la realidad presente de quienes hacen en entorno del estuario del Cojimies. Estimamos, que el intento es válido.

 

 

 

REFERENCIAS CONSULTADAS.-

 

1.-  MARRIOT, García Francisco, Análisis del sector camaronero, Apuntes de economía No. 29, Banco Central del Ecuador, junio 2003, pp. 3.

2.- Salles, Vania, Tuirán, Rodolfo, “Familia, género y pobreza”, en: Para entender el concepto de género, pp. 71 – 109, Ed. Abya Yala, Quito, 1998.

3.- Índice de salud: Es la combinación lineal de los indicadores de mortalidad infantil, desnutrición crónica, hogares con saneamiento, personal de salud, y viviendas con agua potable que maximiza su representatividad. Sus valores mayores indican mejores condiciones de salud.

4.- Pobrezas por NBI: Número de personas (u hogares) que viven en condiciones de “pobreza”, expresado como porcentaje del total de la población en un determinado año.

5.- Sistema Integrado de Indicadores Sociales (SIISE, versión 3.5 y 4)

6.- Los niños son mano de obra importante para la recolección de concha, especialmente en la época de vacaciones (febrero a abril).

7.- Testimonios pobladores de la REMACAM. Investigación de campo, C CONDEM, 2004.

8.- Fundecol, Diagnóstico de Crustáceos y Moluscos parte del Plan de Manejo Participativo Comunitarios del Refugio de Vida Silvestre, su Area de Influencia y Amortiguamiento, Muisne 2005.

9.- FUNDACION “José Peralta”, Ecuador: su realidad, Quito, 2003, pp. 189.

 10.- Fuente: SIISE 4 - Elaboración: C CONDEM, 2006

11.-  Legislación Ambiental Tomo VI, De la calidad ambiental y la Codificación de la Ley de Gestión Ambiental, 2003.

12.- Desde 1960 y hasta 1978 el manglar estuvo protegido por un marco jurídico de carácter general: Código de Policía Marítima, Código Civil y Ley de Aguas.

13.- El Código Civil en 1962, dice “Art. 623.- Se llaman bienes nacionales aquellos cuyo dominio pertenece a la nación toda.”

14.- Reglamento de la Actividad Marítima, DE 168; R.O. 32; 27 de marzo de 1997.

15.- Reglamento para la Cría y Cultivo de especies bioacuáticas. R.O. 262, 2 de Sept. 1985.

16.- Constitución Política de la República del Ecuador

17.- R.O. E2, 31 Mar. 2003 anterior DE 764. R.O. 193 del 19 mayo 1993

 

OTRAS CONSULTAS.-

*  CDC, Fundación Natura, Fundación Jatun Sacha y World Park Endowment. 1996. Estudio de alternativas de manejo para las Montañas Mache, provincia de Esmeraldas Ecuador. Quito

*  EcoCostas, 2006 Estudio de factibilidad para la implementación de un Centro de Capacitación  para el cultivo de Chame en el Estuario de Cojimies. Informe Interno de Proyecto.

*  EcoCostas, 2006.Perfil  para  la  zona  del  Estuario  de  Cojimies.  EcoCostas, Agosto 2005

*  EcoCostas, 2006. Caracterización de las Cuencas Hidrográficas en el Estuario de Cojimies.

*  Fundación Natura.1992.ProyectoBosquesOccidentales: Inventario, caracterización y diagnostico biofísico. Quito.

*  Instituto de  Investigaciones Marinas Nazca, 2005. Áreas Prioritarias para la Conservación Marina en el Ecuador Continental. Instituto Ecuatoriano de Estadísticas y Censos. 2004

*  Ministerio del Ambiente 2001. Política y Estrategia Nacional de Biodiversidad, Quito

*  Ministerio del Ambiente 2006. Plan de Manejo y Gestión Participativa de la Reserva Ecológica Mache Chindul 2005-2010

*  Mittermier, R. A., Robles, P. & C. Goettsch - Mittermeier. 1997. Megadiversidad: Los  países biológicamente más ricos del mundo. CEMEX. S.A. y Agrupación Sierra Madre. México.

*  Ochoa E., Olsen S. y Arriaga L., 2000. Macro zonificación de la zona costera continental de Ecuador. Programa de Manejo de Recursos Costeros-